Cooperativas escolares
En el marco del continuo apoyo brindado a la educación por la actual gestión de Gobierno, y en aras de fortalecerlo y promoverlo, se creó un nuevo registro destinado a las Cooperativas Escolares de Chubut, que estará a cargo de la Subsecretaría de Asociativismo y Economía Social, dependiente de la Secretaría de Trabajo y que se creó a partir de un trabajo conjunto con el Ministerio de Educación. Tal registro conllevará al fomento de la creación de cooperativas compuestas por alumnos, tanto del Nivel Primario, como Secundario, Superior y de Formación Profesional.
La Ley establece que al menos deben ser diez personas las que constituyan la cooperativa escolar; además de contar con un Consejo de Administración y una Sindicatura –al igual que cualquier Cooperativa-, deberán tener un órgano de Asesoría compuesto por el director de la institución y/o docentes que guíen a los alumnos en el proyecto, asimismo los integrantes de la Asesoría actuarán como representantes de la entidad en los casos en que la cooperativa escolar deba adquirir derechos o contraer obligaciones.
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Resolucion Cooperativas Escolares
ANEXO II Cooperativas Escolares





