RAWSON, 14 de Abril de 2004.
VISTO:
El Decreto Nº 229/04 y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado Decreto se dispone la centralización de pagos mediante la acreditación en una cuenta bancaria que el beneficiario posea en el Banco del Chubut S.A.,
Que resulta necesario reglamentar aspectos de la operatoria a seguir por parte de la Tesorería General, la Contaduría General y los Servicios Administrativos,
Que resulta necesario que la incorporación de nuevos beneficiarios se realice desde la Contaduría General a efectos de evitar errores en la carga y a efectos de facilitar el estricto control que ha de realizarse respecto de las cuentas bancarias que los beneficiarios de pagos informen,
Que el mencionado Decreto establece que la implementación del sistema podrá realizarse en forma progresiva,
Que resulta conveniente iniciar el sistema con los Servicios Administrativos del Ministerio de Economía y Crédito Público y de la Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos,
Que resulta necesario aprobar los Formularios que serán de uso obligatorio para el alta de nuevos beneficiarios y comunicación de cuentas bancarias,
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