Archivo de la categoría ‘Programas con Financiamiento Provincial’

Programa 41 – Obras Jurisdicción Provincial

El programa está orientado a la ejecución de trabajos u obras públicas en dominio Comunal, Municipal, Provincial, Nacional o de Organizaciones intermedias con Personería Jurídica, pudiendo depender del alcance de los Convenios y/o Contratos que se celebren cuando ello resultare necesario.
El instrumento legal mediante el cual se reglamenta es el Decreto Nº 135/05, de fecha 04 de febrero de 2005.

Será responsabilidad de la Unidad Ejecutora Provincial :

La aprobación técnica de los proyectos y de los pliegos, de los procesos licitatorios incluida la adjudicación, la inspección y/o supervisión de las obras, el financiamiento parcial o total de las mismas;

Realizar los pagos de las obligaciones contraídas en el marco de este Programa;

En los casos en que la UEP delegara o contratara parcial o totalmente ciertas obras o actividades a una entidad pública o privada esta deberán cumplimentar en su totalidad con la legislación vigente y quedará sujeta a supervisión permanente de la UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL la cual podrá unilateralmente revocar toda la delegación realizada en el supuesto de incumplimiento.

En caso de delegación de la ejecución a una entidad pública o privada la misma será instrumentado a través de un convenio entre la UEP y aquél con los alcances que fueren necesarios y que, en todos los casos, establecerá la Unidad ejecutora Provincial.

Proyectos elegibles:

Por iniciativa de la Unidad Ejecutora y/o a solicitud de otros organismos o entidades será ejecutable en el marco de este programa todo proyecto ue cumpla con la normativa vigente en los aspectos técnico, administrativo y contables y que sea aprobado formalmente por la Unidad Ejecutora Provincial.

Costos elegibles al Programa:

Con los recursos del programa se financiarán los costos de estudios y ensayos previos, formulación, materiales, mano de obra y equipamiento necesarios para la ejecución de los proyectos elegibles al programa.

Se podrán incluir en el presupuesto de una obra, los estudios y ensayos previos que sean necesarios para la definición del proyecto así como la formulación del mismo.

Se podrá incluir también en el presupuesto de la obra el equipamiento necesario que permita usufructuar la obra desde el momento de su terminación.

Ejecución del Programa:

Los proyectos que se incluyan en el Programa se ejecutarán a través de la Unidad Ejecutora Provincial de acuerdo a lo establecido en el Reglamento del Decreto 135/05 y la ley Nº 533, sus normas reglamentarias y modificatorias.

En todos los casos en que se delegaran facultades, éstas estarán explicitadas en los convenios o contratos en forma expresa. Los fondos a transferir en virtud de dicha delegación, serán comprometidos por la Unidad Ejecutora Provincial a través de la firma de tal convenio, y éste, en el supuesto que se delegare a un Municipio, deberá ser ratificado por Ordenanza Municipal.

Este convenio facultará ala UEP a que en caso de incumplimiento de las pautas establecidas proceda a rescindir en forma automática y a ejecutar la garantía del contrato, si ello resultare necesario.

En el supuesto de rescisión cuando se hubiere delegado a un Municipio, éste, mediante el convenio que se celebrare, facultará a la Unidad Ejecutora Provincial a requerir de los organismos provinciales correspondientes el descuento de coparticipación por los montos ya transferidos y que estuvieren observados.

Antes de la primera transferencia, la entidad o el municipio a quien se le hubiere delegado deberán abrir una cuenta en el Banco del Chubut SA en el cual recibirá ésta y las posteriores transferencias.

En cualquier momento, cualquier entidad o municipio podrá concurrir a la UEP a fin de solicitar la aprobación de la documentación técnica y legal.

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Programa 44 – PROFAEM

El objetivo de este Programa es apoyar a los Municipios y Comunas Rurales, a través de un financiamiento, en sus acciones dirigidas a fortalecer los aspectos institucionales, financieros y técnicos con el fin de mejorar la eficiencia y la cobertura de los servicios que les son propios.

Para alcanzar estos objetivos el Programa apoya la adquisición de:
Equipamiento informático y comunicacional.
Equipos y maquinaria para la prestación de servicios de incumbencia Municipal.
Materiales necesarios para la construcción y rehabilitación de la infraestructura pública.

El porcentaje de financiamiento del Programa es de hasta un 80%. El porcentaje restante le corresponde como contrapartida local al municipio beneficiario del crédito.

El plazo de devolución del préstamo no puede superar los 3 años para equipamiento informático y comunicacional y 5 años para equipamiento vial y materiales de construcción.

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Programa 7 – Conducción y Ejecución

El objetivo de este Programa está orientado a la adquisición de bienes y/o la contratación de servicios que resulten necesarios para el funcionamiento de la Unidad Ejecutora Provincial.

En este Programa se presupuestan los gastos que el organismo requiere en materia de recursos humanos, como así la contratación de servicios técnicos y profesionales que resulten indispensables para propender al cumplimiento de los objetivos.

Se prevé la creación de un Fondo Rotatorio a los efectos de que se utilice en la ejecución de ciertos tipos de gastos ( anticipo de viáticos, elementos de oficina, papel, repuestos e insumos para maquinarias o medios de transporte, elementos de ferretería y otros bienes de consumo) con la obligación de rendir cuentas por su utilización.
Tanto el monto asignado como la clase de gasto, responderán a un criterio restrictivo y únicamente podrán ser aplicados a transacciones de contado.
El funcionamiento de este Fondo se ajustará a lo normado por el Decreto Nº 1469/01 en los artículos correspondientes.

La creación de este programa está destinada a solventar todos aquellos gastos que resulten como consecuencia de la ejecución de los distintos programas llevados a cabo por esta Unidad Ejecutora Provincial, por lo que incluye publicidad y propaganda correspondientes a licitaciones públicas o privadas.

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Programa 40 – Puesta en valor de bienes en oficinas públicas y viviendas oficiales

El objetivo general del Programa está orientado a la adquisición de bienes o contratación de servicios a través de esta Unidad Ejecutora Provincial para oficinas públicas de los distintos Organismos Provinciales.

El instrumento legal por medio del cual se autoriza es el Decreto Nº 135/05, de fecha 04 de febrero de 2005.

Las contrataciones que se incluyen en el Programa se ejecutarán de acuerdo a lo establecido por el Decreto Ley 1911, sus normas reglamentarias y modificatorias, el cual hará las veces de Reglamento del presente Programa.

Respecto a las adquisiciones que realice la U.E.P con afectación a este Programa, previo al trámite de pago, remitirá las actuaciones al servicio administrativo del organismo en cuestión, quien procederá a realizar el alta del bien o bienes adquiridos.

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Programa 39 – Vivienda Rural Dispersa

El objetivo de este programa es llevar adelante el mejoramiento del hábitat y de las condiciones productivas para pobladores rurales dispersos y de pequeñas comunidades de la Provincia de Chubut.

Mejorar el nivel de vida de la población indígena, y rural minifundista, estimulando su integración al contexto provincial a través del fortalecimiento de su propia cultura propendiendo a su asentamiento en su lugar de origen.
Mantener y mejorar los asentamientos físicos de las comunidades aborígenes. Aldeas escolares, comunas rurales y pobladores rurales dispersos.

Fortalecer la organización de la población en torno a formas de asociación que le sean propias.

Se realizará un diagnóstico participativo con la comunidad donde también se tomarán decisiones tales como:
Que las construcciones se ejecuten con determinada tecnología
Provisión de energía eléctrica por generación eólica.
Provisión de agua por aprovechamiento de manantiales; o perforación de pozos, instalación de bombas.
Determinación de las mejoras,
Viviendas nuevas, construcción para la producción, etc.

El PROYECTO incluye:
1)Planificación participativa del territorio
2)Provisión de herramientas
*Adquisición de Máquinas Manuales de ladrillos comprimidos de suelo, cemento para la zona.
3)Capacitación laboral:
* Ejecución y uso de mampuestos de suelo cemento.
* Construcción de cubiertas de Techos.
* Ejecución de Instalaciones Domiciliarias (Agua; Cloacas; Electricidad).
4) Monitoreo:
* Control y Monitoreo de las experiencias desde el Centro de Tecnología apropiada de la Patagonia (Ensayos de laboratorio; In Situ y Certificación de Aptitud Técnica).
5) Ejecución de Viviendas e Infraestructura con Tecnología Apropiada
* Investigación sobre el comportamiento térmico de las unidades habitacionales.
6) Ejecución de construcciones rurales (Galpones; corrales; invernáculos; gallineros; etc.)

La Unidad Ejecutora Provincial como interviniente en la conformación del proyecto será la encargada de:
Financiar el Programa
* Integrar el equipo de formulación del programa
* Coordinar el avance y la certificación de las obras

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Programa 38 – Plan de Empleo

El objetivo general del Programa es apoyar a los municipios en la ejecución de obras de infraestructura de interés municipal, que permitan la ocupación de mano de obra intensiva y que satisfagan necesidades sociales en los municipales.

El Programa no financiará gastos de honorarios para la formulación de proyectos, ni asesoramiento técnico externo.

El instrumento legal por medio del cual se autoriza el plan de emergencia de empleo es la Ley Nº 5100/03 y su correspondiente reglamento según Decreto 79/04.
Inicialmente son elegibles los proyectos que financien los costos de Mano de Obra y materiales necesarios para la ejecución de los proyectos, que ejecuten en terrenos o instalaciones de dominio municipal, provincial, nacional, asociaciones vecinales o de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro, contemplando además los sectores que se mencionan a continuación:
Equipamiento Urbano:
> Centro comunitarios y Jardines Materno-Infantiles
> Terminales de Transporte
> Parque, Areas Verdes y de Recreación
Saneamiento Urbano
> Defensas contra erosión e inundaciones
> Alcantarillado Pluvial
> Proyectos de recolección y disposición de residuos sólidos
Vialidad Urbana
Alumbrado Urbano
Mejoramiento barrial

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Programa 37 – Inversión Pública en Comunas Rurales

Creado según la Ley de Presupuestos por haber sido expresamente relacionada en el Convenio aprobado por Ley 4666.

El objetivo general del Programa es apoyar a las comunas en la construcción y rehabilitación de obras de infraestructura y adquisición de equipos y maquinarias para la prestación de servicios, a los efectos que permita satisfacer las necesidades sociales en las mismas.

Abarcando, en consecuencia, sectores diversos tales como:

Salas de usos múltiples
Áreas verdes (refacción, parquizaciones, cercado, forestación y sistemas de riego en plazas ) y de recreación (playones deportivos)
Desagües pluviales, red de gas, agua y servicios domiciliarios o públicos.
Construcción, ampliación o remodelación de viviendas sociales.
Refacción de puestos sanitarios.
Construcción, acondicionamiento y refacción de Edificios Comunales
Albergues
Construcción de acceso y cerco perimetral cementerio y salas velatorias
Construcción de baños públicos
Construcción de aulas en escuelas
Construcción salón para actividades artesanales.
Veredas, Cordones Cuneta, pavimentación y bacheo.
Alumbrado público.

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Programa 29 – Provincias II

El marco legal por el cual se crea este programa es el Decreto Nº 398/97, cuya norma dispuso asignar a la UEP la responsabilidad de la ejecución del mismo.

El segundo Programa de Desarrollo Provincial apunta fundamentalmente a:

> Completar y ampliar el proyecto de Desarrollo Catastral para alcanzar las metas que en materia de incremento de la recaudación de impuesto inmobiliario se esperan.

> El fortalecimiento institucional de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, herramienta fundamental de gestión y promoción de la explotación de los recursos naturales provinciales. En particular con la contratación del diseño e implementación de un sistema de control de regalías petroleras se procura la detección de errores y/o desvíos en las liquidaciones y auditar las regalías liquidadas durante el período 93/98.

> El fortalecimiento institucional de la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas, con el objetivo de mejorar la prestación de servicios a la comunidad y garantizar la seguridad jurídica de los actos de gobierno.

> La modernización y sistematización del Instituto Autárquico de Colonización y Fomento Rural permitirá alcanzar el objetivo de regularizar y titularizar la totalidad de las tierras fiscales remanente, que en la actualidad alcanzan al 17% de la superficie total del territorio provincial. De esta manera el Instituto habrá cumplido con su mandato constitucional y podrá ser desactivado

> La segunda etapa de fortalecimiento institucional de la Dirección General de Minas y Geología permitirá completar y profundizar las tareas ya iniciadas y que han dado excelentes resultados.

> La remodelación y ampliación de la Planta de Tratamiento de Efluentes del Parque Industrial de Trelew tiene un doble objetivo: ambiental y de desarrollo ya que permitirá remover una restricción a la expansión del sector textil-lanero.

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Programa 34 – Asistencia a Municipios

En virtud del Convenio de Asistencia y Saneamiento Financiero para Municipios, aprobado por la Ley 4666 se crearon los fondos de:

. Desarrollo Local, con la finalidad de asistir a los “Procesos de Transformación y Modernización de los Gobiernos Municipales” concediéndoles préstamos; y de

. Saneamiento Financiero, para ser aplicados a financiar las deudas que se encontraran pendientes de pago, aceptadas y reconocidas por los Municipios firmantes, comprendiendo los rubros como proveedores en general; deudas con el Instituto de Seguridad Social y Seguros, deudas con sindicatos y mutuales, salarios, aportes y contribuciones; deudas con el Banco del Chubut S.A.

En el Convenio suscripto entre la Provincia y los Municipios se establecieron metas que éstos deben alcanzar para poder acceder al Fondo de Desarrollo Local. De esta forma, mediante el Decreto 83/02, se procedió a reglamentar el funcionamiento y condiciones de dicho Fondo.

En el Convenio suscripto entre la Provincia y los Municipios se establecieron metas que éstos deben alcanzar para poder acceder al Fondo de Desarrollo Local. De esta forma, mediante el Decreto 83/02, se procedió a reglamentar el funcionamiento y condiciones de dicho Fondo.

Contacto: fortalecimientouep@chubut.gov.ar


Programa 36 – Inversión Pública Municipal

Creado según la Ley de Presupuestos por haber sido expresamente relacionada en el Convenio aprobado por Ley 4666.
El objetivo general del Programa es apoyar a los municipios en la construcción y rehabilitación de obras de infraestructura y adquisición de equipos y maquinarias para la prestación de servicios, a los efectos que permita satisfacer las necesidades sociales en los Municipios.

Abarcando, en consecuencia, sectores diversos tales como:

Centros Comunitarios, Periféricos y Culturales
Terminales de Transporte
Áreas verdes (refacción de plazas y parquizaciones) y de recreación (playones deportivos).
Polideportivos
Desagües pluviales, red de gas, agua y servicios domiciliarios o públicos.
Construcción, ampliación o remodelación de viviendas, clubes, sedes vecinales, hogar de ancianos y adolescentes, asociaciones intermedias.
Salas de 1º Auxilios
Construcción, ampliación o remodelación de gimnasios municipales y bibliotecas populares.
Portales de Acceso a la ciudad.
Sanitarios en Gimnasios
Albergues Estudiantil
Veredas, Cordones Cuneta, pavimentación y bacheo.
Construcción de corrales, rampas de descarga, decantadores y lagunas de efluentes en Mataderos.
Construcción de nichos, núcleos húmedos, contenedores de basura, etc.
Alumbrado público.
Ampliación juzgado de Paz.
Otros.

Contacto: fortalecimientouep@chubut.gov.ar


Subsecretario de la UEP
Sr. Guillermo Marino



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